Enrique
M. Rovirosa
Desde hace algunos semanas, el actual presidente
municipal de Tijuana de extracción priísta,
Jorge Hank Rhon, ha dejado entrever que aspira
a contender por la gubernatura del estado en
la próxima elección, a pesar de
la denominada "Ley Antichapulín",
que impone candados a aquellos que ostentan
cargos de elección popular para que no
"brinquen" de un puesto a otro.
Es menester señalar que la referida
ley no existe como tal y más bien, se
refiere a la reforma que tuvieron hace algunos
años, los artículos 18, 42 y 80
de la Constitución Política del
Estado de Baja California.
Los cambios se llevaron a cabo en su momento,
con el voto unánime de los representantes
de todos los partidos políticos, con
la finalidad de garantizar que quienes sean
elegidos para ocupar un cargo público,
no sólo ejerzan su mandato con responsabilidad
sino que lo hagan en los tiempos a los que se
comprometieron.
En los escasos años que han transcurrido
desde que se llevo a cabo dicha reforma, poco
o nada ha cambiado en términos de los
argumentos que justificaron su aprobación
excepto, quizá, el hecho de que algunos
consideran a Hank Rhon con posibilidades de
ganar la próxima contienda electoral.
En su caso, como alcalde de Tijuana, el artículo
42 de la Constitución estatal establece
que no podrá aspirar a la gubernatura,
aun cuando se separe de su cargo.
En este marco, los principales representantes
del Partido Revolucionario Institucional (PRI)
en la entidad han empezado a hacer señalamientos
en contra de la referida "Ley Antichapulín",
argumentando que es violatoria de los derechos
políticos consagrados en nuestra Carta
Magna. No obstante, no hay que olvidar que este
argumento fue previsto por quienes aprobaron
las reformas en vigor.
En la exposición de motivos que se presentó
cuando se discutió el proyecto de reforma,
se dijo que el derecho a ser votado para ejercer
un cargo de elección popular, no queda
ni está exento de restricciones limitativas
cuando se trata de salvaguardar el correcto
funcionamiento de las instituciones políticas
estatales.
En especificó se destacó: "Esta
iniciativa en ningún modo trastoca las
garantías individuales previstas en nuestra
Carta Magna sino que únicamente exige
una participación con responsabilidad.
En otras palabras, se tiene la libertad de participar
para una vez tomada la decisión, dicha
participación debe de sujetarse a las
condicionantes que prevea el derecho."
La iniciativa hacía un reconocimiento
al derecho de los electores en el sentido que:
"El voto se otorga bajo ciertos aspectos
que lo condicionan, tanto de parte del elector
como del aspirante y uno de estos aspectos es
la voluntad del ciudadano de que por quien vota
se desempeñe en el cargo al que ha sido
elegido por el tiempo por el cual ha sido elegido.
Si el servidor público deja su cargo
de elección popular por una razón
como contender por otro cargo y, aun cuando
lo suplan, trastoca las condiciones iniciales
de su propuesta a la ciudadanía y falla
en su responsabilidad política para con
ésta."
Pero independientemente de los argumentos que
se dieron en el ámbito local, uno no
puede dejar de recordar el episodio más
reciente que tiene mucho que ver con el derecho
que se invoca. Se trata del amparo que interpuso
ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) el ex secretario de Relaciones Exteriores,
Jorge Castañeda, al negársele
el registro como candidato independiente a la
presidencia de la República.
Al respecto, en agosto del año pasado,
la Corte se negó a examinar su recurso
alegando que sólo los partidos políticos
tienen potestad para recurrir las leyes electorales.
Con ello, sentó un precedente que pone
en entredicho el llamado "derecho constitucional"
al que se refieren aquellos que buscan modificar
la "Ley Antichapulín".
Así, todo indica que la única
manera de alterar el estado prevaleciente es
que los diputados acuerden modificar la Constitución
Política del Estado, cosa que se ve muy
difícil pues los representantes de la
facción panista han expresado que ni
siquiera están dispuestos a que se incluya
el tema en las discusiones.
Para muchos, la "Ley Antcihapulín"
debiera discutirse y dar lugar a una reforma
en nuestra Constitución Política
Federal así como en todas y cada una
de las que rigen a las entidades del país.
La mayoría queremos que los políticos
sirvan al país y no a la inversa. Por
ello, esta ley debe permanecer.
Viernes,
21 de julio de 2006. |